000 -Líder |
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005 - Fecha y hora de la última transacción |
Campo de control |
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008 - Elementos de longitud fija -- Información general |
Campo fijo de descripción fija -- Información general |
150718s1999 mx b 001 0 spa d |
020 ## - Isbn |
Número Internacional Normalizado del libro |
9789706134318 |
020 ## - Isbn |
Número Internacional Normalizado del libro |
970613431X |
043 ## - Código de área geográfica |
Código del area geográfica |
n-mx--- |
082 04 - Número de clasificación decimal Dewey |
Número de la edición del Dewey |
21 |
Número de clasificación |
343.7204 |
Clave de autor-Numero de item |
C313d 1999 |
100 1# - Entrada principal -- Nombre personal |
Nombre personal |
Carrasco Iriarte, Hugo, |
Fechas asociadas con el nombre |
1949- |
9 (RLIN) |
19679 |
245 10 - Mención del título |
Idioma de una obra |
Derecho fiscal constitucional / |
Mención de responsabilidad, etc. |
Hugo Carrasco Iriarte. |
250 ## - Mención de edición |
Mención de edición |
4a ed. |
260 ## - Publicación, distribución, etc. (Pie de imprenta) |
Lugar de publicación, distribución, etc. |
Mexico, D.F. : |
Nombre del editor, distribuidor, etc. |
Oxford University Press, |
Fecha de publicación, distribución, etc. |
1999. |
300 ## - Descripción física |
Extensión |
xix, 690 p. ; |
Dimensiones |
23 cm. |
490 1# - Mención de serie |
Mención de serie |
Colección Textos jurídicos universitarios |
504 ## - Nota de bibliografía, Etc. |
Nota de bibliografía, etc |
Incluye referencias bibliográficas (p. 559-569) e índices. |
505 0# - Nota de contenido con formato preestablecido |
Nota de contenido con formato preestablecido |
Prólogo -- Abreviaturas y siglas -- 1. Educación gratuita -- 2. Autorización para fijar aportaciones económicas al servicio de la educación -- 3. Facultad para realizar visitas domiciliarias para comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales -- 4. En tiempo de guerra, los militares podrán exigir diversas prestaciones ,según la ley marcial respectiva -- 5. Servicio gratuito de los tribunales -- 6. Prohibición de gabelas o contribuciones en las cárceles -- 7. Ausencia de mandamiento constitucional para imponer multas por violación a las normas tributarias -- 8. Prohibición de la multa excesiva -- 9. No es confiscación aplicar total o parcialmente los bienes de una persona al pago de impuesto o multas -- 10. El valor fiscal en el catastro u oficina recaudadora sirve para fijar el precio de lo expropiado -- 11. Impedimento para gravar y embargar el patrimonio familiar -- 12. Prohibición de exención de impuestos -- 13. Obligación de los mexicanos de contribuir para los gastos públicos de la Federación, del Distrito Federal, del estado y del municipio donde residan conforme dispongan las leyes -- 14. Obligación del ciudadano mexicano de inscribirse en el catastro de la municipalidad -- 15. Discusión en la Cámara de Diputados de la leyes o decretos acerca acerca de contribuciones o impuestos -- 16. Facultad del Congreso de la Unión para imponer contribuciones destinadas a cubrir el presupuesto -- 17. Las facultades exclusivas de legislar del Congreso de la Unión no comprenden el aspecto tributario -- 18. Contribuciones especiales que sólo puede establecer la federación -- 19. Facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de examinar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos -- 20. El ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara de Diputados las iniciativas de leyes de ingresos y los proyectos de presupuestos a más tardar el 8 de septiembre -- 21. La revisión de la cuenta pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera -- 22. Facultad exclusiva de la Cámara de Senadores de ratificar los nombramientos de los empleados superiores de Hacienda -- 23. Refrendo del secretario de Estado o del jefe de departamento -- 24. Responsabilidad de los servidores públicos -- 25. Integración para los estados de emitir estampillas y papel sellado -- 26. Prohibición para los estados de emitir estampillas y papel sellado -- 27. Prohibición para los estados de tener aduanas -- 28. Prohibición para los estados de gravar la producción, el acopio y venta del tabaco en rama, en forma distinta o con cuotas mayores de las que el Congreso de la Unión autorice -- 29. Prohibición a los estados de establecer derecho de tonelaje en los puertos, ni imponer contribuciones sobre importaciones y exportaciones sin consentimiento del Congreso de la Unión -- 30. El salario mínimo queda exceptuado de embargo -- 31. Para determinar el monto de utilidades de cada empresa se tomará en cuenta la renta gravable -- 32. Obligación de las empresas de efectuar aportaciones al Instituto del fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores -- 33. Obligación de contribuir al sostenimiento de escuelas -- 34. Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social -- 35. La constitución debe establecer que los jubilados y pensionados tengan un ingreso igual al de los empleados públicos en servicio activo -- 36. Asociaciones religiosas y recaudación -- 37. Facultad privativa de la Federación de gravar las mercancías que se imponen o exporten, o que pases de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar la circulación de toda clase de efectos -- 38. El ejecutivo federal podrás ser facultado para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidas por el Congreso de la Unión y para crear otras -- 39. El Distrito Federal -- 40. Potestad tributaria de las entidades federativas -- 41. Nadie puede prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento -- 42. Derecho de petición -- 43. Prohibición de coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente -- 44. Garantía de audiencia -- 45. Ninguna ley impositiva puede aplicarse retraoactivamente en perjuicio de los sujetos del impuesto -- 46. Nadie puede hacerse justicia por propia mano -- 47. Nadie puede ser aprisionados por deudas de carácter civil -- 48. control de legalidad de los actos de la administración pública -- 49. Comisión Nacional de Derecho Humanos -- 50. Inviolabilidad de las comunicaciones privadas en materia fiscal -- Apéndice -- Bibliografía -- Índice onomástico -- Índice analítico |
590 ## - Nota local |
Nota local |
Publicada en diferentes reimpresiones, 2007. |
650 #4 - Asiento secundario de materia--Termino temático |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada |
Impuestos |
Subdivisión general |
Leyes y legislación |
Subdivisión geográfica |
México |
9 (RLIN) |
19680 |
650 #4 - Asiento secundario de materia--Termino temático |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada |
Regulación del comercio |
Subdivisión geográfica |
México |
9 (RLIN) |
20272 |
650 #4 - Asiento secundario de materia--Termino temático |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada |
Derecho mercantil |
Subdivisión geográfica |
México |
9 (RLIN) |
20273 |
830 #0 - Asiento secundario de serie -- Título uniforme |
Título uniforme |
Colección Textos jurídicos universitarios. |
942 ## - Entrada de materiales agregado (KOHA-TIPO DE MATERIAL) |
Forma de clasificacion |
|
Tipo de Material (KOHA) |
Libros |